Recientemente hemos sabido de la condena a 2 años de prisión y una cuantiosa sanción económica a los propietarios de una copistería por fotocopiar libros. (Compartimos el enlace a la noticia al final de la publicación).

Puede que alguna vez hayas tenido la necesidad de xerocopiar un libro o incluso lo hayas hecho.

Es una solicitud habitual que de vez en cuando recibimos. La cuestión es que dicha sentencia reaviva un tema recurrente. ¿Es legal fotocopiar libros o no?

[vc_row][vc_column][vc_empty_space][vc_custom_heading text=»¿Qué son los derechos de autor?» font_container=»tag:h2|text_align:left|color:%23ff7000″ use_theme_fonts=»yes»][vc_separator color=»custom» align=»align_left» el_width=»20″ accent_color=»#ff7000″][vc_empty_space][vc_column_text]Los derechos de autor son un código de normas que regulan el privilegio de un creador sobre sus obras a explotarlas y distribuirlas y que cada país adapta a sus necesidades.

La mayoría de países se acogen al convenio de Berna, dónde se estipula que dichos derechos se adquieren de manera inmediata al crear la obra sin importar si es tangible o intangible.

En el caso de España perduran 70 años a partir del momento de la muerte del autor. ¡Cuidado, de la muerte no de la fecha de creación de la obra!

Para poder explotar, transformar o distribuir una obra es necesario el consentimiento del propietario de los derechos de autor.[/vc_column_text][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_custom_heading text=»Diferencia entre copyright y derechos de autor» font_container=»tag:h2|text_align:left|color:%23ff7000″ use_theme_fonts=»yes»][vc_separator color=»custom» align=»align_left» el_width=»20″ accent_color=»#ff7000″][vc_empty_space][vc_column_text]

Derechos de autor y copyright son conceptos relacionados pero no son sinónimos.

El derecho de autor se adquiere inmediatamente en el momento de creación de la obra.

Sin embargo el copyright puede ser registrado en el Registro oficial de la propiedad intelectual. (con un coste de 13,20€). Comprende únicamente la obra y no incluye al autor.

Si queréis profundizar os recomendamos esta publicación.

[/vc_column_text][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_custom_heading text=»¿Entonces se puede fotocopiar o no?» font_container=»tag:h2|text_align:left|color:%23ff7000″ use_theme_fonts=»yes»][vc_separator color=»custom» align=»align_left» el_width=»20″ accent_color=»#ff7000″][vc_empty_space][vc_column_text]La ley de propiedad intelectual establece que una persona tiene derecho a utilizar una copia que ha adquirido legalmente para su uso personal.

Entre estos usos si puede hacer una fotocopia siempre y cuando sea para uso personal y no lucrativo siempre y cuando se trate de una copia privada teniendo en cuenta que:

Nunca se puede reproducir ni una sola página de material sujeto a los Derechos de Autor en un Establecimiento Reprográfico sin la Licencia y Autorización correspondiente que da CEDRO.

La Ley de Propiedad Intelectual, no da derecho a realizar una copia de un libro comprado para uso personal para poder fotocopiarlo en cualquier local que no disponga de Licencia.

Sí, y solo si, se puede realizar una copia legal en un establecimiento reprográfico de cualquier material protegido por la LPI, con la correspondiente Licencia que da CEDRO para cubrir ese tipo de usos.

[/vc_column_text][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_separator color=»custom» el_width=»20″ accent_color=»#ff7000″][vc_empty_space][vc_column_text]Querido lector,

Las imprentas y las copisterías debemos cumplir la ley.  Si alguna vez necesitas fotocopiar un libro recuerda que siempre se debe respetar la propiedad intelectual.

¡No nos pidas cosas que no podemos ni debemos hacer!

PD: Este es el enlace de la noticia prometida en el inicio del escrito.[/vc_column_text][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row]

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